Desde el 1 de marzo las empresas deberán incluir en sus facturas un código QR - Amena

Desde el 1 de marzo las empresas deberán incluir en sus facturas un código QR

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dispuso, en la Resolución General 4892/2020, la obligatoriedad de un nuevo QR que reemplazará al tradicional código de barras para la emisión de facturas.

El QR podrá ser escaneado con cámaras de distintos dispositivos para brindar los datos de la factura, tales como: fecha de emisión, CUIT del emisor, punto de venta, tipo de comprobantes, número de comprobante, importe total, moneda, cotización, tipo de documento receptor (de corresponder), número de documento de receptor (de corresponder), código del tipo de autorización, y código de autorización.

En virtud del cumplimiento de esta normativa, las compañías deberán avanzar con la adecuación según su modalidad de emisión de comprobantes.

La nueva disposición de AFIP es obligatoria para toda emisión de facturas, tanto las que se realicen vía el portal del organismo como soluciones de terceros.

Fuente: Cronista comercial

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