MEGSA: informe práctico para estaciones de GNC - Amena

MEGSA: informe práctico para estaciones de GNC

Las estaciones de GNC que cuentan con capacidad disponible pueden ofrecerla mediante el mecanismo de reventa o cesión administrado por MEGSA según lo dispuesto por la Resolución 606/04 de la Secretaría de Energía de la Nación.

La operatoria también permite que otras estaciones encuentren alternativas disponibles y acuerden directamente las condiciones de la operación.

¿Por qué importa?

La reventa permite administrar la capacidad de distribución disponible mediante un procedimiento regulado y público. Para las estaciones de GNC, conocer esta herramienta amplía las alternativas de gestión, especialmente cuando existe capacidad que puede cederse o una necesidad que podría cubrirse con una oferta publicada.

  1. ¿Qué es MEGSA?

El Mercado Electrónico de Gas —MEGSA— fue creado a partir del Decreto PEN 180/2004 con el propósito de transparentar el funcionamiento físico y comercial de la industria del gas natural.

Entre sus funciones se encuentran:

Elaborar y operar instrumentos de negociación, como subastas, concursos y operaciones SPOT diarias.

Registrar e informar aspectos relacionados con el gas, la distribución y el transporte.

Operar las reventas de transporte firme y servicios de distribución.

  1. ¿Cómo funciona la operatoria?

Paso 1: presentación de la oferta

La ruta indicada es:

www.megsa.ar → Negociación → Reventas → Servicio de Distribución

En esa sección pueden consultarse:

La normativa relacionada.

Los formularios.

La estación que dispone de capacidad debe:

Enviar formulario Anexo I.

El comprobante de pago del Cargo por Oferta.

$200.000 más IVA.

Paso 2: publicación

MEGSA publica la oferta en su sitio web.

Los posibles interesados se contactan con el oferente y, si existe interés, acuerdan directamente las condiciones entre las partes.

MEGSA no determina el valor de la cesión. Su intervención consiste en recibir la documentación, publicar la oferta y dar publicidad al acuerdo formalizado.

Paso 3: firma del contrato

Cuando las partes llegan a un acuerdo, deben completar y firmar el Anexo II, correspondiente al contrato.

Luego, el documento se envía a MEGSA para su publicación.

Paso 4: notificación

De acuerdo con la presentación, una vez publicado el contrato:

La distribuidora queda notificada.

La operación podrá ejecutarse.

  1. ¿Dónde pueden consultarse las ofertas?

El acceso al sitio no requiere usuario.

La ruta indicada es:

www.megsa.ar → Negociación → Reventas → Servicio de Distribución

En esa sección pueden consultarse:

La normativa relacionada.

Los formularios.

Las operaciones publicadas.

Seguimiento de oportunidades


Las estaciones interesadas en adquirir capacidad pueden anotarse en la sección avisos para enterarse automáticamente sobre la existencia de una nueva publicación.

www.megsa.ar → Negociación → Reventas → Servicio de Distribución→ Avisos


  1. Casos especiales contemplados

La presentación destaca algunas posibilidades previstas por la Resolución SE 606/04:

Cesiones entre subzonas

El artículo 4 permite realizar cesiones entre clientes de una misma subzona o de subzonas diferentes, siempre que la operación sea físicamente posible.

Participación de la distribuidora

El artículo 5 establece que la distribuidora puede adquirir el servicio por cuenta y orden de clientes pertenecientes a su área.

Interrupción de una cesión

Una cesión en curso puede interrumpirse mediante una notificación enviada a:

[email protected]

Estaciones de un mismo titular

También pueden realizarse cesiones entre estaciones de servicio pertenecientes a un mismo dueño.

  1. Canales informados durante la reunión

Sitio web: www.megsa.ar

Envío de documentación: [email protected]

Consultas telefónicas: 011 4316-7170


Recomendaciones prácticas para las estaciones

Antes de pagar el cargo y presentar el Anexo I, AMENA recomienda:

🔍 Verificar la capacidad: confirmar qué volumen puede ofrecerse sin afectar la operación de la estación.

Considerar los costos asociados: la facturación recae siempre en el cedente, quien debe afrontar el cargo por la capacidad cedida, el componente de transporte correspondiente a los volúmenes consumidos por el cesionario y el IVA aplicable.

📅 Definir el período: establecer fechas continuas, precisas y compatibles con la necesidad del posible cesionario.

🤝 Consultar previamente: si intervienen diferentes subzonas o distribuidoras, validar primero la factibilidad.

Calcular la conveniencia: comparar el ingreso esperado con el cargo de publicación, el IVA y los costos adicionales regulados por el cuadro tarifario.

📄 Revisar los formularios: controlar que razón social, CUIT, Código MEG, subzona, capacidad y fechas coincidan.

🌐 Comprobar el arancel: revisar en la web de MEGSA el cargo vigente antes de efectuar el pago.


Asesoramiento de AMENA

Ante consultas sobre esta operatoria, los asociados pueden solicitar el asesoramiento de Gustavo Salomón, en la mesa de compras.

 

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