Actualización de la Norma NAG 420 - Amena

Actualización de la Norma NAG 420

La actualización de la Norma NAG 420 – 2026 incorpora algunos ajustes vinculados a la habilitación de estaciones de carga de Gas Natural para vehículos de transporte.

Según el análisis técnico realizado por el Ing. Enrique A. Fascioli, “en general no es mucho lo que ha cambiado en cuanto a requerimientos a presentar para una aprobación de una extensión de la habilitación”.

Entre las principales observaciones, el informe señala que la nueva norma incorpora como referencia la ISO 16923, identificada como una norma europea para estaciones de servicio de gas natural.

La normativa mantiene la clasificación de los vehículos según su longitud para definir el tipo de habilitación requerido:

  • Vehículos de transporte menores a 5,79 metros: no requieren nueva habilitación.
  • Vehículos de hasta 10 metros: considerados de porte medio.
  • Vehículos de más de 10 metros: considerados de gran porte.

El informe también destaca que se reduce la documentación a presentar para habilitar la carga de vehículos de transporte de hasta 10 metros, manteniéndose lo solicitado en el Anexo II de la Adenda N.º 1 del año 2024. Para los vehículos mayores a 10 metros continúan vigentes los requisitos ya establecidos.

Asimismo, se elimina el punto referido a la necesidad de solicitar autorizaciones municipales o de Vialidad vigentes.

Otro de los aspectos señalados es que solamente las estaciones habilitadas para vehículos de transporte de más de 10 metros deberán instalar protecciones mecánicas en ambas cabeceras de la isla. Estas protecciones deberán resistir el impacto de un vehículo de transporte de 18 toneladas a 10 km/h.

En la segunda revisión del análisis, Fascioli incorpora además una observación vinculada al “Carril de Carga”. El informe indica que, en la nueva definición incluida en el Anexo A, punto A.2, se omite la posibilidad de un ancho mínimo de 4 metros, alternativa que sí estaba contemplada en el punto 6.4 “Carril de Carga” de la NAG 420 – 2022.

El texto aclara que en la versión 2022 se permitía un ancho de 8 metros entre dos islas de carga.

La normativa también incorpora un esquema del proceso de habilitación con nuevos plazos de 15 días para presentaciones, adecuaciones y aprobaciones.

Además, se incorpora el Anexo B para aquellas estaciones que quieran cargar vehículos de más de 10 metros y deban modificar su estructura edilicia, por ejemplo elevando el techo.

Finalmente, se incorpora el Anexo C destinado a estaciones de carga cautivas que quieran modificar o aumentar la presión de carga de los vehículos de transporte.

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